Cuando una persona jubilada o pensionada planea viajar al extranjero por un periodo superior a tres meses o establecerse fuera del país, debe gestionar un trámite esencial ante la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) para garantizar la continuidad en el cobro de su jubilación o pensión.

El propósito de este procedimiento es mantener activos los pagos de las prestaciones, incluso si el titular reside temporal o permanentemente en el exterior. 

Quiénes deben hacer el trámite para seguir cobrando ANSES si viajan al exterior

Toda persona jubilada o pensionada que tenga previsto permanecer fuera del país por más de tres meses o radicarse en el exterior de manera permanente, debe notificar su salida a ANSES. Este trámite es indispensable para evitar la interrupción en el cobro de sus prestaciones.

Sin embargo, no todos los beneficiarios están obligados a realizar este procedimiento. Aquellos que se trasladen a países con Convenios de Reciprocidad vigentes con Argentina quedan exentos. Gracias a estos acuerdos, podrán continuar recibiendo su jubilación o pensión sin contratiempos.

Qué países tienen convenio con ANSES

Los países que cuentan con este convenio son:

  • Brasil
  • Chile
  • Uruguay
  • Paraguay
  • España
  • Italia
  • Portugal
  • Grecia
  • Estados Unidos
  • Países Bajos
  • Colombia
  • México
  • Eslovenia

Qué trámite debo hacer si viajo a un país que no tiene convenio con ANSES

Debés cumplir con los siguientes pasos:

  • Verificar y actualizar los datos personales: antes de realizar cualquier trámite, es importante que tus datos estén actualizados en Mi ANSES. Si no están completos, podés hacer la actualización online o llamando al 130.
  • Reunir la documentación necesaria: debes presentar los siguientes documentos:Formulario PS 6.246 - Ausencia y regreso al país.Documento de identidad.Último recibo de cobro.Pasaporte o pasajes aéreos.En el caso de que cobres una Pensión no Contributiva por Invalidez, el formulario requerido será el de Comunicación, Descargo y Renuncia.
  • Presentarse en una delegación de ANSES: el trámite es presencial, sin necesidad de turno. Debés acercarte a cualquier delegación de ANSES con la documentación completa antes de viajar y también cuando regreses al país.
  • Informar sobre tu regreso: dentro de los 30 días posteriores a tu retorno, debes comunicarte con ANSES para registrar tu regreso, presentando el pasaje de vuelta o el pasaporte. Si volviste por medios propios, se tomará una declaración jurada.